Nuevos derechos y permisos laborales: Promoviendo la conciliación familiar y profesional

En el ámbito de los derechos y permisos laborales, se han implementado importantes cambios que buscan fomentar la conciliación entre la vida familiar y profesional.

A continuación, se detallan las novedades más relevantes:

 

  1. Derecho de adaptación de la jornada (art. 34.8 TRLET):

Hasta la aprobación del Real Decreto-Ley 5/2023, este derecho se limitaba al cuidado de los hijos e hijas a cargo menores de 12 años. Sin embargo, con la reciente modificación, se ha ampliado el alcance de este derecho. Ahora se puede solicitar la adaptación de la jornada laboral para cuidar de:

  • Hijos e hijas sin límite de edad.
  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Familiares de hasta segundo grado de consanguinidad.
  • Otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio y que no puedan valerse por sí mismas.

 

 

  1. Permiso retribuido de 5 días por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización (art. 37.3 b) TRLET):

Se ha establecido un nuevo permiso retribuido de 5 días (anteriormente eran 2 días) en caso de accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización de:

  • Cónyuge.
  • Pareja de hecho.
  • Parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Otras personas que convivan en el domicilio del trabajador.

 

 

  1. Permiso retribuido de 4 días por ausencia del trabajo por causas de fuerza mayor (art. 37.9 TRLET):

Se ha introducido un nuevo permiso laboral por horas para casos de fuerza mayor relacionados con enfermedad o accidente de familiares o personas convivientes. Este permiso garantiza una ausencia retribuida del trabajo por las horas necesarias, con un límite máximo equivalente a 4 días al año.

 

 

  1. Permiso parental de 8 semanas no retribuido por el cuidado de hijos menores de 8 años (art. 48 bis TRLET):

Se ha establecido un nuevo permiso parental con una duración máxima de 8 semanas, el cual puede disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o a jornada parcial. Este permiso está destinado al cuidado de hijos, hijas o menores acogidos menores de 8 años. La persona trabajadora puede determinar la fecha de inicio y fin del permiso, pero deberá comunicarlo a la empresa con al menos 10 días de antelación.

 

 

  1. Derecho de reducción de jornada (art. 37.6 TRLET):

Se han ampliado los supuestos que permiten solicitar la reducción de la jornada de trabajo, abarcando entre un octavo y la mitad de la jornada laboral, para aquellos que necesiten hacerse cargo de la atención directa de:

  • Cónyuge o pareja de hecho.
  • Familiares hasta segundo grado de consanguinidad y afinidad, incluyendo los familiares consanguíneos de la pareja de hecho.

La persona que requiere cuidado no tiene que poder valerse por sí misma ni desarrollar una actividad retribuida.
 

 

  1. Permiso retribuido durante 15 días en caso de registro de las parejas de hecho (art. 37.3 a) TRLET):

Se han equiparado los derechos laborales entre matrimonios y parejas de hecho, estableciendo un permiso retribuido de 15 días en caso de registro de las parejas de hecho.

 

Estas medidas buscan favorecer un equilibrio entre la vida personal y profesional de los trabajadores, promoviendo la igualdad de oportunidades y la conciliación familiar. Es importante que tanto empleados como empleadores conozcan y respeten estos nuevos derechos y permisos laborales para garantizar un entorno laboral inclusivo y respetuoso.

 

 

Para cualquier otra duda o consulta relacionada con temas de derecho laboral, le invitamos a que se ponga en contacto con nuestros expertos del Departamento Laboral. Estamos a su disposición en cualquiera de nuestras oficinas, a través del teléfono o por correo electrónico. En Punt Vermell somos especialistas en derecho laboral para pymes y empresas, y estaremos encantados de brindarle la asesoría y el apoyo necesario.